domingo, 24 de abril de 2011

PRINCIPALES OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES QUE DEBE RESPETAR TODA PERSONA QUE POSEA UN ANIMAL SEGÚN LA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL.

El Consejo Andaluz de Colegios Veterinarios quiere colaborar en la tenencia responsable de animales de compañía dando a conocer las principales obligaciones y recomendaciones que acompañarán a nuestra mascota durante toda su vida. Estas normas mejorarán el bienestar animal y la convivencia con nuestros semejantes, para ello el veterinario es el único profesional para orientarle sobre las cuestiones de comportamiento, educación del cachorro, prevención de enfermedades (filariosis, leishmaniosis...)

LA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL DE ANDALUCÍA (11/2003) RECOGE, ENTRE OTRAS, LAS SIGUIENTES PROHIBICIONES:

- Maltratar o agredir físicamente a los animales.
- El abandono de animales.
- Mantenerlos en instalaciones adecuadas.
- Practicarles mutilaciones con fines estéticos (por ejemplo cortar las orejas o rabo, como ha venido siendo habitual en algunas razas)
- El sacrificio de animales sin reunir las garantías previstas en la ley.
- Mantenerlos permanentemente atados o encadenados.
- Venderlos a menores de dieciséis años.
- Ejercer la venta ambulante fuera de mercados autorizados.
- Adiestrar animales para peleas.
- Mantener animales donde ocasionen molestias evidentes a los vecinos.
- Administrar, inocular o aplicar sustancias farmacológicas sin la supervisión de un veterinario.

EL POSEEDOR DE UN ANIMNAL TIENE LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:


- Mantener al animal en buenas condiciones higiénico-sanitarias, realizando cualquier tratamiento que se declare obligatorio y suministrándole la asistencia veterinaria que necesite.
- Proporcionarle un alojamiento adecuado a su raza o especie.
- Facilitarle la alimentación necesaria para su normal desarrollo.
- Denunciar la pérdida del animal.
- Efectuar la inscripción del animal en registro correspondiente.
- Vacunación antirrábica.
- Identificación electrónica mediante implantación de microchip a todos los perros, gatos y hurones.

*Identificación:
Es una obligación que recae sobre el propietario del animal antes de que el animal cumpla 3 meses de edad y propietarios de mascotas que procedan de otras Comunidades Autónomas y que permanezcan más de 3 meses en Andalucía.
Cualquier cambio de propietario o dirección debe ser comunicado al Registro Andaluz de Identificación Animal. La sanción por no identificar al animal es de entre 501€ y 2.000€.

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